El comentario que nuestro amigo Edgardo hizo a mi post de ayer
La soledad del Abogado, me ha movido hoy a contestarle. Como la contestación es algo larga, he pensado hacer un post sobre este tema. Lo haré en forma de carta abierta.
Mi querido amigo Edgardo:
En primer lugar, quiero agradecerte tus palabras de afecto y tus elogios hacia mi (que no merezco), al llamarme excelente persona. Gracias, insisto, por el buen concepto que tienes de mí. El sentimiento es reciproco, tu si que debes de ser, de veras, una excelente persona.
Ya añoraba yo esta pequeña batalla dialéctica amistosa que vamos a tener. Pero creo que lo que "prima facie" pudiera parecer un furibundo ataque a la abogacia por tu parte, yo no lo veo como tal. Yo solo contemplo la indignación de una buena persona de nobles sentimientos y de altas miras que observa situaciones asquerosamente injustas, y en consecuencia, habla con la justa indignación con que lo haces tu. Te comprendo. Y tranquilo, ni te has excedido ni me has ofendido, todo lo contrario: sabes que me gusta enormemente tu sinceridad. Además, yo voy por otro camino, sigo mi propia senda.
Sabemos de sobra que ninguna obra humana es perfecta. En este mundo en el que vivimos hay personas absolutamente bellas de corazón y de alma, y otros individuos despreciables. ¿Cierto? Pues en la Justicia, que al fin y al cabo tambien es obra humana, sucede lo mismo, hay de todo; Abogados con ética en su corazón que persiguen fines nobles, y otros que solo piensan con el interes y la codicia, que persiguen fines menos nobles, por decirlo benignamente.
Por tu comentario deduzco que has presenciado muchas veces juicios en tu pais, mi admirada Argentina. Ignoro como será el sistema judicial de allí, con lo cual en ese aspecto estoy completamente a oscuras. Por ello te hablaré del sistema español, que es el que conozco.
Efectivamente, la Ley es susceptible de tener diversas interpretaciones, y algunas veces es cierto que por un punto o por una coma el sentido puede cambiar totalmente. Pero te informo de que una de las fuentes del Derecho (y no por ello menos importante) es la Jurisprudencia, es decir, las Sentencias de nuestro Tribunal Supremo: o sea, la doctrina que de modo reiterado establece dicho Tribunal a la hora de interpretar y aplicar la Ley. Es decir, muchas veces los criterios de los Juzgados son muy diferentes y hay una gran disparidad de ellos; ante asuntos idénticos es muy posible que un Juez de Lérida no piense lo mismo que uno de Cádiz; si apelamos, vamos a las Audiencias Provinciales, que ya van unificando criterios; y de allí al Tribunal Supremo, que ya fija un criterio único para todo el país, quiero decir, en cuanto a la “interpretación” que hay que hacer de la Ley, y que luego vincula a todos los Tribunales. La pirámide jerárquica es esta: Juzgados de 1ª Instancia – Audiencias Provinciales – Tribunal Supremo. Ello reduce sensiblemente las diferentes interpretaciones a las que podemos acogernos para conseguir los fines que pretendamos (nobles o mundanos). Si algún Abogado me dice que el articulo X de tal cuerpo legal permite “tal cosa”, yo le contestaré inmediatamente diciendo que nuestro Tribunal Supremo tiene dicho reiteradamente todo lo contrario.
En nuestro derecho hay una llamada general a la buena fe. Articulo 7 del Codigo Civil español, te lo cito literal:
“1. Los derechos deberán ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe. 2. La Ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo. Todo acto ú omisión que por la intención de su autor, por su objeto, o por las circunstancias en que se realice sobrepase manifiestamente los limites normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero, dará lugar a la correspondiente indemnización, y a la adopción de las medidas judiciales o administrativas que impidan la persistencia en el abuso”.
Hablas también, estimado amigo, de que muchos abogados con insuficiente prueba o sin testigos, usan de su pericia para armar una causa y una prueba. Permiteme que te diga que en España, el que pretende algo, el que tiene una pretensión, ha de probarlo; el “onus probandi” impone al actor la carga de probar los hechos constitutivos de su pretensión, y ha de probarlo cumplidamente; y los jueces no son tontos, saben cuando hay prueba consistente y solida, y cuando la prueba es vana como una cortina de humo. Además, no se admite toda prueba, los medios de prueba estan tasados, pues básicamente hay cuatro: documentos, testigos, interrogatorio de la parte, pericial. Y un quinto: las presunciones, que consisten en deducir un hecho consecuencia de un hecho base, pero, ojo, siempre que el hecho base esté plenamente probado. Si no la presunción no funciona.
Y en cuanto a la culpabilidad o inocencia, aquí en España la “presunción de inocencia” impone al Juez la obligación de absolver al encausado ante el más mínimo asomo de duda. Para enervar (destruir) la presunción de inocencia, tiene que haber prueba de cargo sólida, muy basada, en base a la cual el Juez llega a la absoluta convicción o certeza de la culpabilidad de esa persona. Insisto: ante el más mínimo asomo de duda razonable, se impone la absolución. Es una practica común que se base en este aforismo: “
Ante la duda, más vale absolver a un culpable, que condenar a un inocente”. Ese axioma es utilizado constantemente en nuestros Tribunales a traves de millones de Sentencias. Constantemente. Ya lo decia Cervantes: que en caso de duda había que optar por la misericordia, “…
pues no es mejor la fama del Juez riguroso que la del compasivo”. La ley cuida de perseguir al delincuente: pero le preocupa, aún más, salvaguardar al inocente.
Y si una persona carece de medios económicos para litigar, la Ley no se olvida de ella. La Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 996/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita, permiten que la persona económicamente débil pueda gozar de los mejores medios y Abogados hasta agotar las máximas instancias judiciales, es decir, puede llegar hasta el Tribunal Supremo.
Si el asunto no sale como esperas, siempre puedes recurrir a la Audiencia Provincial, y de allí al Tribunal Supremo. Hay medios de defensa.
En cuanto a la corruptela consistente en los fraudes y las argucias que muchos Abogados usan en la practica ante los Tribunales, permiteme que te transcriba el Art. 247 de la Ley de Enjuciamiento Civil española, que regula la practica de los Tribunales, y que se refiere directamente a nosotros, los Abogados: "
1. Los intervinientes en todo tipo de procesos deberán ajustarse en sus actuaciones a las reglas de la buena fe. 2. Los tribunales rechazarán fundadamente las peticiones e incidentes que se formulen con manifiesto abuso de derecho o entrañen fraude de ley o procesal. 3. Si los tribunales estimaren que alguna de las partes ha actuado conculcando las reglas de la buena fe procesal, podrá imponerle, de forma motivada, y respetando el principio de proporcionalidad, una multa que podrá oscilar de 180 a 6.000 euros, sin que en ningún caso pueda superar la tercera parte de la cuantía del litigio. Para determinar la cuantía de la multa el tribunal deberá tener en cuenta las circunstancias del hecho de que se trate, así como los perjuicios que al procedimiento o a la otra parte se hubieren podido causar. 4. Si los tribunales entendieren que la actuación contraria a las reglas de la buena fe podría ser imputable a alguno de los profesionales intervinientes en el proceso, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, darán traslado de tal circunstancia a los Colegios profesionales respectivos por si pudiera proceder la imposición de algún tipo de sanción disciplinaria."
Que tengan cuidado los Abogados incompetentes o poco serios, pues he aquí el articulo 467 de nuestro Código Penal:
"1. El abogado o procurador que, habiendo asesorado o tomado la defensa o representación de alguna persona, sin el consentimiento de ésta defienda o represente en el mismo asunto a quien tenga intereses contrarios, será castigado con la pena de multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para su profesión de dos a cuatro años. 2. El abogado o procurador que, por acción u omisión, perjudique de forma manifiesta los intereses que le fueren encomendados será castigado con las penas de multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo, cargo público, profesión u oficio de uno a cuatro años. Si los hechos fueran realizados por imprudencia grave se impondrán las penas de multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para su profesión de seis meses a dos años.".
Además, el cliente puede denunciarlo ante su Colegio Provincial, y el Abogado tendrá que dar explicaciones de su actuación.
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En cuanto a los Jueces, te ruego que le eches un vistazo a estos textos legales de nuestro Código Penal, que son un serio aviso para los jueces que se equivocan “sin querer”, o “queriendo”:
"Artículo 446: El Juez o Magistrado que, a sabiendas, dictare sentencia o resolución injusta será castigado: 1º) Con la pena de prisión de uno a cuatro años si se trata de sentencia injusta contra el reo en causa criminal por delito y la sentencia no hubiera llegado a ejecutarse, y con la misma pena en su mitad superior y multa de doce a veinticuatro meses si se ha ejecutado. En ambos casos se impondrá, además, la pena de inhabilitación absoluta por tiempo de diez a veinte años.2º) Con la pena de multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a diez años, si se tratara de una sentencia injusta contra el reo dictada en proceso por falta.3º) Con la pena de multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de diez a veinte años, cuando dictara cualquier otra sentencia o resolución injustas. Artículo 447: El Juez o Magistrado que por imprudencia grave o ignorancia inexcusable dictara sentencia o resolución manifiestamente injusta incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a seis años. Artículo 448: El Juez o Magistrado que se negase a juzgar, sin alegar causa legal, o so pretexto de oscuridad, insuficiencia o silencio de la ley, será castigado con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a cuatro años. Artículo 449: 1. En la misma pena señalada en el artículo anterior incurrirá el Juez, Magistrado o Secretario Judicial culpable de retardo malicioso en la Administración de Justicia. Se entenderá por malicioso el retardo provocado para conseguir cualquier finalidad ilegítima. 2. Cuando el retardo sea imputable a funcionario distinto de los mencionados en el apartado anterior, se le impondrá la pena indicada, en su mitad inferior.".
Pero no solo son palabras escritas: ¡afortunadamente se cumplen! Con frecuencia, salen a la luz pública casos de Abogados que han ido a prisión, y de jueces expulsados de la carrera judicial, y es bueno que la maquinaria de la justicia se purgue y expulse de su seno a sus miembros putrefactos, o poco preparados. Me parece perfecto.
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Equivocarse se puede equivocar cualquiera. Pero equivocarse a conciencia, o por un soberano despiste es absolutamente odioso y asqueroso. Deduzco que en tu país has presenciado juicios que han dado lugar a situaciones injustas, situaciones que hacen que te hierva la sangre, con culpables en la calle e inocentes en la cárcel. Deduzco que tu comentario proviene del entorno que has visto. Te comprendo bien, y aplaudo tu enojo ante estas situaciones. A los abogados de los que hablas en tu comentario los llamas “cuervos”. Yo voy a utilizar un adjetivo mas duro: “lobos carroñeros”. Astutos y perversos, sin el más mínimo asomo ético, y siempre actuando en fraude de Ley. Y puede que de vez en cuando encuentren a algún juez incauto que caiga en sus redes. Bueno, estoy de acuerdo contigo en que hay que huir de ellos como de la peste, y procurar que todos ellos acaben donde deben de estar: en la cárcel, o al menos expulsado de su Colegio. Una vez vi en un juicio a un abogado que le preguntaba a su cliente, y que no hacia sino guiñarle los ojos para que contestara en uno ú otro sentido. Cuando el juez se dio cuenta, el “regaño” que le echó fue humillante, y se lo tenia merecido. Aquí en España lo tendrian mucho más difícil: "Art. 6 del Código civil. Los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario al mismo, se considerarán realizados en fraude de ley y no impedirán a debida aplicación de la norma que se hubiera tratado de eludir”.
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Es lógico sufrir ira ante tales injusticias. Reitero que te comprendo. Este comentario tuyo, me reafirma aún mas en la necesidad que tiene el mundo de buenos abogados, de profesionales con ética, con principios morales.
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En cuanto a las situaciones que denuncias en tu comentario, me dices, con razón: “yo no creo en este tipo de Justicia”. Bien, estamos de acuerdo: yo tampoco creo en ese tipo de Justicia. Yo creo en la OTRA Justicia: la que entre todos debemos ayudar a construir.
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Edgardo, déjame que te diga una cosa: si yo no fuera Abogado, que lo soy, no buscaria al “mejor”, o “mas brillante”, no: buscaría al más noble, porque sabría que ese no me iba a engañar. Además, los jueces, tras ver muchos casos, tienen algo así como Rayos X en los ojos, y conocen perfectamente, al menos en la mayoría de las ocasiones, quien va con la verdad y quien con la mentira. En esta sociedad tan decadente las profesiones se han visto invadidas por multitud de mercenarios que todo lo hacen por dinero. Por culpa de ellos, la labor de los grandes profesionales se ve ensombrecida pues desvirtúan lo que hacen. Además muchos trabajan para defender a políticos de “dudoso” cuño, y lo hacen recurriendo a todos los trucos, jugando con los plazos y siendo pagados con fortunas ingentes provenientes de las arcas públicas. ¡esos no han hecho más que ensombrecer a una noble y necesaria profesión!
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No cometas el error de tomarte la parte por el todo.
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Ademas, te digo: en esta profesión mía, un recien llegado te puede ganar si lleva razón, y a mi me pasó una vez, y aprendi la lección; y del propio modo yo he vencido a otros abogados con una experiencia de 40 años. La experiencia no lo es todo: hace falta tener razón. Aunque siempre la experiencia es un grado, aquí no gana el astuto: normalmente gana el que tiene la razón.
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La Justicia en en si es algo bueno y noble, querido amigo. Ulpiano y Gayo –juristas romanos, que son los que inventaron nuestro derecho- decían que la Justicia es el “ars boni et aequi”, es decir, el arte de lo bueno y de lo justo. Es como un caudal bueno, que hay que administrar. Si cogemos a un buen administrador todo irá bien. Si cogemos a un perverso ira mal, abusará: lo que hay que hacer es echarlo a la calle y buscar otro. Otra vez, y de nuevo, son los hombres los que la hacen menos buena. Y el hecho de que haya abogados o jueces indeseables con fines ilícitos o poco preparados (afortunadamente son los menos aquellos y éstos, lo que sucede es que hacen mucho ruido, porque la prensa gana dinero vendiendo grandes titulares), no debe de hacer que pierdas la fe en la Justicia.
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Desde luego, si todo el mundo fuera noble, justo, pagara sus deudas y no cometiera crímenes, mi profesión no existiría, yo seria medico, arquitecto, o acaso fontanero o electricista, pero no lo que soy. Por eso la función del Abogado es importante, pues si no esto seria el caos: el juez dictará Sentencia en su momento, pero el primero que ya se ha estudiado el asunto es el abogado. Y sí; como bien dices la misión del abogado consiste en “abogar”, esto es, argumentar al juez, intentar convencerlo de que lleva razón. Claro que si. Pero no puede hacerlo de cualquier manera: tiene los límites que antes te he expresado, y por imperativo legal, está vinculado, por Ley, a la buena fe.
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Al fin y al cabo la justicia es administrada por personas, por seres humanos, débiles e imperfectos, como todos, que se pueden equivocar. Cada uno es hijo de sus obras. Y en alguna ocasión se pueden producir situaciones injustas que todos lamentamos. Pero el hecho de que hayas conocido a “pajarracos” de este tipo, no debe de hacerte perder la fe en que hay muchos, muchísimos buenos profesionales que luchan día a día porque las cosas sean como deben de ser: claras, a la luz de la ética y de la moral.
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Ya les llegará su hora a esos “pajarracos”. Ademas, te recuerdo que el que decide es el Juez. Si un abogado llega con trucos y artes y trata de convencer al juez de sus postulados, habrá que ver por qué el juez se ha dejado seducir; el abogado aboga, argumenta, pero quien decide es el juez, y es éste el que ha de ser consciente de lo que hace. Un ejemplo simple: si uno va a tu casa a robarte, por la noche, y tu, que lo puedes evitar, en vez de darle dos bofetadas sigues durmiendo y lo consientes, ¿de quien es la culpa? De el, por ladrón; pero sobre todo tuya por consentirlo.
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Es como el que tiene un magnifico coche, un Mercedes o un BMW ultimo modelo, y luego buscan a un conductor patoso que no sabe llevarlo. No hemos de decir: “vaya porqueria de coche”, sino “vaya porquería de piloto”. El vehiculo en si es magnifico; solo necesita de un buen conductor. ¿Y con los medicos? Idem eadem idem: el hecho de que haya “matasanos”, para los cuales el paciente es un simple “numero”, y que no se esfuerzan por usar su “lex artis” para curarlos, el hecho de que existan muchos “personajillos” de este tipo, no me hace perder mi fe en la profesión medica en general: hay grandes profesionales, con vocación auténtica, que se desvelan día y noche por la salud de sus pacientes, o al menos lo intentan de buena fe y con todos los medios de que disponen. No me parece justo que paguen justos por pecadores.
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Otra cosa distinta es que la Justicia, “in abstactum”, sea, que muchas veces lo es por desgracia, la “cenicienta” de los tres poderes del Estado (legislativo, ejecutivo, judicial). En todos los paises, mientras mas alto miras, mas confusion puede haber, más judicialización de la politica, o politización de la Justicia, y otras cosas cuya mera posibilidad me trastorna; y creo que es un noble anhelo el aspirar a que la linea de separación entre estos dos poderes esté bien definida. Pero eso seria materia de otro post.
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Siempre es un placer hablar contigo.
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Recibe, como siempre, un FUERTE ABRAZO.
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